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Conceptos y Definiciones para tener en cuenta
Periodo de tiempo previsto en la póliza durante el cual surten efectos sus coberturas
Fecha en que se da por culminado el contrato de seguros
Es el valor de la relación jurídico – económica que posee el asegurado con la cosa
Es la persona que contrata el seguro al asegurador, y se obliga al pago de la prima. Frecuentemente es también el asegurado
Persona física o jurídica distinta del asegurado y en algunos contratos como ser automóviles no serán terceros cónyuges o familiares con primer grado de consanguineidad
Valor estipulado por el titular de un contrato de seguro a los bienes que son cubiertos por el mismo, cuyo importe será el tope máximo que la aseguradora deberá pagar en caso de siniestro
Son derechos que corresponden al asegurado contra un tercero en consecuencia de un siniestro; transferidos a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que la misma abone. Es una facultad del asegurador para actuar en nombre del asegurado, para que se pueda resarcir de la indemnización
Es un contrato por el cual una de las partes se obliga mediante cierta prima a indemnizar a la otra de una pérdida o de un daño o de la privación de un lucro esperado que podría sufrir por un acontecimiento incierto
Conjunto de acciones encaminadas a rescatar personas o bienes materiales durante o tras la ocurrencia de un incendio. Se alude tanto al hecho de procurar evitar los daños durante la ocurrencia de un siniestro, como a los objetos que, después de producido el evento, han resultado indemnes
Delito contra la propiedad consistente en el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble ajena, mediante el empleo de fuerza en las cosas, violencia o intimidación en las personas
Es la proximidad al daño. Es la posibilidad de que la persona o bien asegurado sufra el daño previsto por la póliza
Responsabilidad que surge cuando el daño o perjuicio causado no tiene su origen en una relación contractual, sino en cualquier otro tipo de actividad
Surge cuando se incumple una obligación establecida en una declaración de voluntad particular (contrato, oferta unilateral, etc.)
Es la obligación que tiene una persona de reparar daños y perjuicios producidos a otra por consecuencia de una acción u omisión por la que deberá responder
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